¿Sabías que hoy puedes donar y al mismo tiempo obtener beneficios tributarios importantes?
Desde 2022, con la entrada en vigencia de la Ley N° 21.440, Chile abrió una nueva puerta a la filantropía responsable. Este cambio no solo fortalece el tejido social, sino que también entrega un incentivo concreto a quienes desean aportar al bien común de manera formal y con respaldo legal.
¿Qué permite esta ley?
La Ley N° 21.440 incorporó el Título VIII bis a la Ley sobre Rentas Municipales, estableciendo un nuevo régimen tributario para las donaciones. Gracias a esta normativa, personas naturales y personas jurídicas pueden donar dinero o bienes a:
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Fundaciones
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Iglesias
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Organizaciones no gubernamentales (ONG)
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Universidades
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Cuerpos de bomberos
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Y muchas otras entidades sociales
Eso sí, las entidades deben estar inscritas en un registro público administrado por la Secretaría Técnica del Ministerio de Hacienda.
¿Qué beneficios tienen los donantes?
Entre las principales ventajas para quienes donan bajo este régimen se encuentran:
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Exención del impuesto a las donaciones.
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Eliminación del trámite judicial de insinuación.
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Deducción del monto donado de la base imponible del impuesto a la renta, con ciertos límites.
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Aplicación a donaciones internacionales, cumpliendo los requisitos específicos.
Un ejemplo práctico para pymes o empresas en régimen de transparencia tributaria
La Circular N° 53 de 2024 del Servicio de Impuestos Internos (SII) entrega instrucciones claras sobre cómo aplicar este beneficio. Consideremos un ejemplo:
Una empresa declara una utilidad de $50.000.000 en el ejercicio anual y realiza donaciones por $15.000.000 conforme al nuevo régimen.
Al determinar la base imponible, debe agregar el total de las donaciones, obteniendo un subtotal de $65.000.000.
¿Cuánto puede deducir?
El límite permitido será el menor entre:
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20.000 UTM (valor al cierre del ejercicio), o
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Uno de los siguientes valores, a elección del contribuyente:
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5% de la base imponible,
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0,48% del capital propio tributario, o
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0,16% del capital efectivo.
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El contribuyente opta por la alternativa 1:
$65.000.000 x 0,05 / 1,05 = $3.095.238
Resultado final:
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Monto deducible como gasto: $3.095.238
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Base imponible ajustada: $61.904.762
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Diferencia no deducible: $11.904.762 (gasto rechazado no afecto al artículo 21 de la LIR, asignable como crédito IDPC mediante el registro SAC).
¿Qué nos enseña esta ley?
Que el Derecho puede ser un puente entre el sector privado y el servicio público. Donar con propósito hoy no solo es un acto de generosidad, sino también una estrategia eficiente y jurídicamente respaldada.
En ActioChile, acompañamos a empresas, fundaciones, iglesias y ONG para aprovechar de forma correcta este nuevo régimen, impulsando iniciativas de alto impacto social con el máximo resguardo tributario y legal.
¿Formas parte de una organización sin fines de lucro o asesoras a empresas comprometidas socialmente? Este es el momento ideal para conocer los beneficios de la Ley N° 21.440 y preparar tu institución para recibir donaciones conforme a derecho.
David Monsalves A.
Abogado | Contador Auditor | Magíster en Tributación
CEO en ActioChile
Especialista en Derecho Tributario, cumplimiento legal y asesoría a entidades sin fines de lucro.
📩 david.monsalves@actiochile.cl


